Si se revisa el contenido de la reforma de la Ley contra la Corrupción aprobada el 31 de marzo por la Asamblea Nacional (AN) electa en 2020, es evidente que se aplica la misma fórmula ya utilizada en el pasado para combatir la corrupción y otros delitos en el país: el endurecimiento de las sanciones a los infractores y el establecimiento de nuevas obligaciones para los funcionarios públicos, como multas más onerosas, la amenaza de ser suspendido sin goce de sueldo por más tiempo e incluso ser condenado por un juez. Estas son algunas de las medidas contenidas en el texto, de veintisiete artículos, que el Parlamento de mayoría oficialista aprobó de manera unánime y en apenas una hora el pasado 31 de marzo.
Entre las normas reformadas figura el artículo 33 de la ley hasta ahora vigente, el cual pasa a ser el 38, y que sancionaba con entre 50 y 500 unidades tributarias a aquellos funcionarios que incumplieran su obligación de presentar su declaración jurada de patrimonio, omitieran información en la misma o lo hicieran fuera del lapso fijado por la Contraloría General de la República, así como aquellos otros funcionarios que no informaran sobre la salida por renuncia o destitución de quienes están obligados a presentarla o que les paguen sus presentaciones sociales o los jubilen sin haber cumplido con este trámite. A los diputados, por lo visto, los montos les parecían bajos y los elevaron de la siguiente manera: de «100 a 1.000 unidades del tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV) vigente para el momento del pago».
En la reforma se estableció además que las declaraciones juradas de patrimonio se deben realizar por vía electrónica, algo que en la práctica se viene dando al menos desde el año 2009, cuando el entonces contralor general, el fallecido Clodosbaldo Russián, puso en marcha un mecanismo que permitía agilizar este trámite.
Los diputados no solo decidieron elevar las multas previstas en la Ley contra la Corrupción, sino que también endurecieron otras sanciones establecidas en ella. Así, por ejemplo, en el nuevo artículo 43 (antes 38), los legisladores elevaron desde los 12 meses actuales hasta 18 el tiempo máximo en el cual un funcionario puede pasar «suspendido sin goce de sueldo» por no presentar la declaración jurada de patrimonio o por no suministrar la información que le solicite la Contraloría para verificarla.
Las penas de prisión también fueron incrementadas. Así, en el nuevo artículo 88 se llevaron a entre tres y seis años de cárcel las condenas que podrían sufrir aquellos empleados públicos que procuren «alguna utilidad, ventaja o beneficio económico» de su labor, que ordenen «pagos por obras o servicios no realizados o defectuosos» o que certifiquen «terminación de obras o servicios inexistentes o de calidades o cantidades inferiores a las contratadas». En la norma hasta ahora vigente la sanción oscilaba entre tres meses y un año de prisión.
Su aplicación
No obstante, hay dudas razonables de que esta nueva reforma legal se traduzca en cambios que sirvan para evitar la pérdida de los recursos de los venezolanos. Una de ellas es que desde 2017 hasta 2021 Venezuela no solo no ha mejorado su imagen como país corrupto, sino que ha visto cómo la misma ha empeorado y hoy es considerado como uno de los países más afectados por este flagelo mundial, según ha revelado el Índice de Percepción de Corrupción que elabora anualmente Transparencia Internacional. Estos datos confirman que el problema no parece ser el marco legal, sino la incapacidad de las autoridades para aplicarlo.
Las recientes intervenciones del fiscal y del contralor impuestos por la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Tarek William Saab y Elvis Amoroso, respectivamente, ante la AN confirman las sospechas anteriores. El primer funcionario reportó a los diputados que el año pasado fueron detenidas 1.453 personas por presuntos hechos de corrupción, 1.871 fueron imputadas, 1.693 acusadas y 723 fueron condenadas por admisión de los hechos y 75 tras juicios orales y públicos. No obstante, en 2016, durante el último año de la gestión de la ahora disidente Luisa Ortega Díaz, estos números fueron superiores, pues el Ministerio Público (MP) imputó en ese entonces a 3.165 personas por presuntos delitos contra el erario, mientras que acusó a 2.167 y consiguió que los jueces enviaran a prisión a 979; es decir, 18% más lo que registrado un lustro después.
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