La providencia de la Corte Suprema de Justicia en torno a la medida de aseguramiento en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez por soborno en actuación penal y fraude procesal, trae otras decisiones accesorias que han causado polémica.
Una de ellas es la imposición a Uribe del pago de una caución de 100 salarios mínimos legales (cerca de 98 millones de pesos) como garantía del cumplimiento de la medida de aseguramiento que se le impuso, que debe ser pagada en 3 días.
Fuentes cercanas a Uebe manifestaron que, más allá del monto, se trata de una medida exótica que en casos como el del gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria, o del exguerrillero ‘Jesús Santrich’ no se impusieron.
La caución impuesta por la Sala de Instrucción de la Corte, de manera unánime, (que buscaría evitar una no comparecencia) está en las últimas 22 páginas de las 1.554 páginas de la providencia, las cuales se dedicaron para justificar la medida de aseguramiento.
Allí también aparecen las compulsas de copias por presuntos falsos testimonios en contra de la mayoría de testigo que arrimó la defensa del expresidente, excepto su abogado Jaime Lombana, su asesor Hernán Cadavid y su exasesor Fabián Rojas.
Una de las compulsas es en contra de un juez de la República cuya aparición en el proceso fue revelada por EL TIEMPO: Carlos Cruz Moreno, a quien le dice Cachelito.
Aunque hoy es exjuez, al momento del audio en el que habla con Cadena del caso uribe era togado en ejercicio, por eso su caso se envió al Consejo Superior de la Judicatura.
En efecto, en la misma decisión en la que la Corte decidió seguir la investigación contra el expresidente, como presunto determinador de soborno a testigos, y ordenó su detención, la Sala de Instrucción compulsó copias para que la Fiscalía General investigue a Cachelito y al abogado Diego Cadena, a quien este jueves se le definirá su situación jurídica.
Para las fuentes consultadas, las compulsas a testigos pueden afectar la recolección de otras pruebas: «Falta por escuchar a varios testigos y estas compulsas pueden afectar incluso su comparecencia porque a todos los investigan».
Y agregan que, en su criterio, este no es el momento procesal para dichas compulsas que, por lo general, se realizan en fallos y no en medidas cautelares, como la que se le impuso a Uribe.
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