El vicepresidente del Gobierno español, Pablo Iglesias, vulneró la Constitución de ese país y manipuló las elecciones internas de Podemos al alterar el resultado de las urnas.
Un juez lo sentenció a través de una resolución que anula el proceso interno para elegir la candidatura del partido de cara a las últimas elecciones municipales.
Según Vozpópuli, la resolución pone en duda el sistema telemático usado por Podemos en estos comicios internos.
“Declaro la nulidad del proceso electoral y los resultados de las elecciones primarias celebradas por el partido político Podemos”, dice el juez José-Ramón Manzanares Codesal,
El titular del Juzgado de Primera Instancia número 89 de Madrid, también condenó a Podemos a pagar las costas procesales.
Juzgado y Fiscalía coinciden en el fallo contra Podemos
El fallo coincide con la Fiscalía, que emitió un duro informe contra el partido que lidera el Pablo Iglesias.
La conclusión del Fiscal admitida por el juzgado señala que Podemos ‘vulneró el artículo 23.2 de la Constitución de España.
El partido manipuló el resultado de las urnas, controló el censo y la acreditación de los votantes.
Además decidieron los tiempos en los que las urnas permanecían abiertas.
«De esta manera provocó la alteración de los resultados», dijo el juez en su sentencia dictada el lunes.
El artículo citado reconoce el «derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos».
¿Quién tiene la razón?
Alejandro Mata, militante de Podemos fue quien impugnó el proceso de primarias y pidió la anulación del proceso electoral.
Mata encabezaba una de las tres candidaturas que concurrían a ese proceso interno y perdió por 39 votos de diferencia frente a la de Sergio Asunción.
Podemos estableció dos urnas telemáticas, una para el cabeza de lista y otra para el resto de integrantes. Para ello contrató a la empresa nVotes.
Así fue la trampa en las elecciones internas de Podemos
El partido morado se negó a dar el censo según dijo el juez.
Podemos controlaba el censo desde su portal además de la autenticación de los votantes.
El juez reprocha a Podemos que, “pese a solicitarse como medio de prueba”, no quisiera facilitar la relación de todos los inscritos en el partido antes de las primarias, celebradas en noviembre de 2018.
“La relevancia de este extremo en el marco de la prueba indiciaria es muy alta”, dice el magistrado, quien considera “inconcebible”, que el partido no lo tenga.
“La no entrega del ‘censo definitivo’ ha de interpretarse según las reglas de la sana crítica como un hecho negativo de falta de transparencia, que confiere fuerza a las críticas vertidas tanto por el actor y como por el fiscal”, zanja.
¿Y los números? No coinciden
Otro factor determinante ha sido el baile de cifras.
La candidatura del denunciante obtuvo 117 votos y la del ganador logró 156. Pero este sólo obtuvo 90 para el resto de su lista.
“Los restantes 66 sin embargo no fueron a lista alguna”, señala la resolución que condena las elecciones internas de Podemos.
La empresa nVotes aseveró que el número total de votos emitidos fue de 358, de los cuales resultaron válidos 352.
Sin embargo, en una sesión antifraude del propio partido se dijo que habían sido 333 sufragios.
El juez censura que “pese a su importancia” no exista acta de esa sesión antifraude: “Sólo queda el recuerdo de los presentes”.
En ella dijo haber estado el abogado del partido Raúl Carballedo, que compareció como testigo en el juicio.
Elecciones internas de Podemos y votan militantes de otros partidos
La sentencia que da la razón a Mata contra el partido, destaca también que “votaron militantes de otros partidos”, tanto de Izquierda Unida como del PSOE como de Cambiemos Villalba y Vecinos por Collado Villalba.
En ese sentido, el juez recuerda que estas formaciones no habían alcanzado todavía ningún acuerdo para concurrir en coalición con Podemos, es decir, “al tiempo de la celebración de las primarias cuestionadas, eran rivales”.
“La normativa de Podemos prohíbe en cualquier caso que voten en sus primarias militantes de otros partidos no municipalistas, que compitan con él en ámbito nacional, caso del PSOE e Izquierda Unida”, añade el juez, que además indica que “fueron eliminados algunos votos”.
Podemos alegó que se habían emitido desde ordenadores con la misma dirección de internet, es decir, desde el mismo ordenador.
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