El TSJM no ratifica las «medidas Covid» de Madrid al afectar la Orden de Sanidad a los derechos fundamentales.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no ha ratificado las restricciones de movilidad y las limitaciones de aforos acordadas por el Consejo Interterritorial de Salud y recogidas por el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) para el confinamiento de la ciudad de Madrid y nueve municipios madrileños con más de 100.000 habitantes.
De este modo, el Gobierno regional tiene no podrá imponer sanciones a los ciudadanos con las restricciones de movilidad, coincidiendo con el primer puente tras el periodo estival, el puente del Pilar.
Por otro lado, la Audiencia Nacional tendrá que decidir sobre las medidas cautelares solicitadas por la Comunidad de Madrid tras la admisión del recurso. Madrid tiene diez días de plazo a contar desde que se admitió el recurso para presentar sus alegaciones, que tendrán que sopesarse en el plazo de cinco días por parte de los magistrados para deliberar sobre la impugnación.
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