Todo viajero que llegue a Puerto Rico sin presentar una prueba negativa molecular o PCR de COVID-19, recibirá una multa de $300 y tendrá 48 horas para realizarse el examen en la isla. Dicha multa será levantada si la persona cumple con ese requisito y presenta el resultado negativo ante el Departamento de Salud, dispone una nueva orden administrativa firmada por el secretario designado Carlos Mellado.
Por David Cordero Mercado, El Nuevo día
“Estamos cumpliendo con el mandato del gobernador Pedro Pierluisi de establecer medidas más restrictivas que nos permita controlar la propagación del virus y, de esta manera, desacelerar el alza en los contagios”, sostuvo Mellado tras destacar que las nuevas disposiciones aplican también a los pasajeros que estén en proceso o hayan completado su serie de vacunación contra el coronavirus.
La Orden Administrativa 499, que entrará en vigor el miércoles, 28 de abril, concede una dispensa a todo viajero para poder realizarse la prueba molecular sin necesidad de un referido. También, le ordena a los laboratorios darle prioridad a los viajeros que lleguen a Puerto Rico y acudan al laboratorio para realizarse la PCR.
Según dicta la orden, el viajero recibirá la multa inmediatamente llegue a Puerto Rico, si no presenta un resultado negativo a COVID-19 mediante prueba molecular cualificada, cuya muestra haya sido tomada en un periodo de tres días o 72 horas previo a su arribo.
Sin embargo, dicha multa será dejada sin efecto, si el viajero se realiza una prueba en un término máximo de 48 horas tras la llegada a la isla y presenta el resultado a Salud. Mientras eso ocurre, el viajero deberá permanecer el aislamiento en el lugar donde se esté hospedando. Esta medida administrativa responde al establecimiento de la orden ejecutiva 028, firmada por el gobernador el viernes, 16 de abril, y que sustituye la orden ejecutiva 052 sobre las directrices a los viajeros –en vigor desde julio de 2020-. No obstante, la misma orden sostiene que las medidas de la 052 continuarán rigiendo hasta tanto entre en vigor la orden administrativa de Salud.
Además de intentar fortalecer el requerimiento de prueba negativa a los viajeros al entrar a Puerto Rico, uno de los cambios significativos es la eliminación de la opción de cuarentena para los viajeros.
“Dado que se va a requerir la prueba, se elimina la opción de cuarentena, la persona no tendría la opción de cuarentena cono la tiene ahora mismo”, sostuvo, por su parte, la epidemióloga Miriam Ramos, quien dirige el monitoreo a los viajeros en Salud, al reconocer en entrevista con este medio las dificultades actuales en la fiscalización a los viajeros, en cuanto al cumplimiento con la cuarentena. “Ese factor de riesgo se elimina, porque las personas tendría que hacerse la prueba en las 48 horas (posterior a su llegada) si quiere eximirse de una multa que a mi entender es significativa”, dijo.
Asimismo, la epidemióloga aseguró que la orden no significa que, transcurridas las 48 horas, si el viajero no cumple con el requisito y decide pagar la multa, por ejemplo, estaría excepto de una intervención por las autoridades. En ese sentido, sostuvo que se está reforzando la Oficina de Investigaciones de la agencia, para ampliar la fiscalización en las calles. La propia orden administrativa establece que “todo pasajero que actúe en contravención de las órdenes y guías del Departamento de Salud, se le impondrá una multa administrativa no mayor de $5,000.00 y en una segunda ocasión podría ser multado hasta un máximo de $10,000”. De igual forma, la orden ejecutiva 28 del gobernador, dispone que cualquier persona que incumpla con las directrices, se expone a pena de reclusión hasta un máximo de seis meses o multa máxima de $5,000.
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