La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del régimen de Maduro declaró este miércoles 19 de agosto la constitucionalidad del decreto sobre la declaratoria del Estado de Alarma.
Mediante un comunicado, indicaron que este decreto prorroga la declaratoria del estado de alarma en todo el territorio nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.560 Extraordinario del 08 de agosto de 2020, conforme lo prevé el artículo 339 de la Carta Magna.
Comunicado completo
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.260, dictado por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros, mediante el cual se prorroga la declaratoria del estado de alarma en todo el territorio nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.560 Extraordinario del 08 de agosto de 2020, conforme lo prevé el artículo 339 de la Carta Magna.
Señala la sentencia N° 0116-2020, con ponencia conjunta de los Magistrados y Magistradas de la mencionada Sala del Alto Juzgado, que el Decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en el Texto Fundamental.
Finalmente, se ordenó la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.
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