El Consejo Nacional Electoral (CNE), acaba de publicar la Gaceta Electoral 1053, en la que da 48 horas para que José Brito pueda usar la tarjeta de Primero Justicia adherirse a cualquiera de las postulaciones ya inscritas.
Este lunes, 22 de abril, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), resolvió designar al diputado chavista José Brito como presidente de una junta directiva ad hoc de la tolda aurinegra, y lo autorizó a postular candidaturas ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y a administrar bienes del partido.
A continuación el documento íntegro:
RESUELVE
PRIMERO. Se concede un lapso de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la fecha de la presente Resolución, para que la organización con fines políticos “Movimiento Primero Justicia”, por órgano de la Junta Directiva Ad Hoc, cumpliendo los requisitos legales y reglamentarios previstos, pueda ejercer su derecho a adherirse a cualquiera de las postulaciones ya admitidas en el proceso electoral Elección Presidencial 2024.
SEGUNDO. El ejercicio del derecho a la postulación por parte de la organización con fines políticos “Movimiento Primero Justicia” estará circunscrito, sin excepción, a la adhesión de esta organización a cualquiera de las candidaturas ya admitidas en el actual proceso electoral Elección Presidencial 2024.
TERCERO. Dudas y Vacíos. Todo lo no previsto en la presente Resolución, así como las dudas y vacíos que se susciten, serán resueltas por el Consejo Nacional Electoral. Resolución aprobada por el Consejo Nacional Electoral en sesión permanente celebrada el día veintitrés (23) del mes de abril de 2024.
La Sala Constitucional del TSJ decretó una medida cautelar que decide el «nombramiento de una Junta Directiva Ad Hoc para llevar adelante el proceso de reestructuración necesario de la Organización con fines políticos Movimiento Primero Justicia, presidida por el ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO y que estará además conformada por un Coordinador Nacional Adjunto, un Secretario General, un Secretario General Adjunto y un Secretario de Organización, que cumplan las funciones directivas y de representación de la referida organización. Así como la designación de autoridades regionales, municipales y locales».
Esta Junta Directiva Ad Hoc «podrá utilizar la tarjeta electoral, el logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio de dicho partido político; iii) Organizar la consulta interna para la necesaria actualización y modificación de los Estatutos de la Organización a los fines de su adecuación».
En su decisión, el TSJ ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) «de manera provisoria, abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada conforme a los procedimientos de rigor, por la Junta Directiva Ad Hoc».
Asimismo, el TSJ facultó a la Junta Directiva Ad Hoc para «ejecutar los actos de simple administración y mantenimiento de las instalaciones, hasta que se decida el fondo de la presente causa; en consecuencia, se ordena la prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes de la organización».
El pasado 15 de marzo José Brito acudió al TSJ para solicitar que se defina quién puede utilizar la tarjeta de Primero Justicia para postular candidaturas ante el CNE. Brito afirmó que la situación jurídica de PJ está «en un limbo» desde septiembre de 2020, cuando la Sala Constitucional del TSJ suspendió la medida cautelar que lo había impuesto como coordinador nacional del partido.
Brito fue expulsado de Primero Justicia en 2020, luego de que el portal Armando.Info revelara que hizo gestiones internacionales en favor de las tramas de corrupción del empresario colombiano Álex Saab.
Está sancionado por Estados Unidos y la Unión Europea por cooperar con el régimen de Nicolás Maduro en el socavamiento del Estado de derecho.
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