El TSJ del régimen de Nicolás Maduro declaró este jueves 15 de octubre la constitucionalidad del decreto que prorroga el Estado de Alarma en el país.
Señala la sentencia Nº 0146-2020, que el mencionado decreto entró en vigencia desde que fue dictado.
COMUNICADO ÍNTEGRO
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.337 dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, mediante el cual se prorroga la declaratoria del Estado de Alarma en todo el territorio nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.579 Extraordinario del 05 de octubre de 2020, conforme lo prevé el artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Señala la sentencia Nº 0146-2020 de la Sala Constitucional, en ponencia conjunta de los Magistrados y Magistradas que la integran, que el mencionado decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Finalmente, el fallo ordenó la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.
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