La Corte Penal Internacional (CNP) celebrará este martes 7 y miércoles 8 de noviembre las audiencias sobre la apelación presentada por el régimen de Nicolás Maduro en contra de los jueces de la Sala de Cuestiones Preliminares de autorizar la continuación de la investigación por crímenes de lesa humanidad en Venezuela.
Por Monitoreamos
«En estas audiencias no se dictará una sentencia. La decisión de los jueces se emitirá más adelante. Durante estos dos días se brindará la oportunidad a la Fiscalía de la Corte, a los representantes del Gobierno venezolano y en la Oficina Pública de Defensa de las Víctimas de la CPI, que actuará en nombre de los intereses generales de las víctimas de abordar cuestiones específicas que surjan de sus presentaciones y de responder a preguntas de los jueces«, explicó Francisco González Centeno, funcionario de información Pública y Sensibilización de la CPI.
En las audiencias cada una de las partes presentará sus alegaciones sobre:
- Los aspectos legales.
- El nivel de detalle que debe incluirse en la notificación del Fiscal de la Corte al Estado respecto a los actos criminales que tiene la intención de investigar.
- La posibilidad de que la Sala de Cuestiones Preliminares se base en documentos proporcionados por el Estado en apoyo a sus alegaciones que están en español sin traducciones a ninguno de los Idiomas de trabajo de la corte.
- El grado de coincidencia entre los procedimientos nacionales y la investigación prevista por el fiscal de la Corte, incluidas las diferencias entre las definiciones legales nacionales e internacionales y los elementos contextuales de ciertos delitos.
«Después de la audiencia, los jueces deliberarán y emitirán su fallo a su debido tiempo. Si no se puede alcanzar la unanimidad. El fallo se tomará por mayoría de los jueces. El fallo se dictará en audiencia pública y su fecha se anunciará públicamente con antelación. Los jueces pueden decidir confirmar la decisión previa de la Sala de Cuestiones preliminares de autorizar la renovación de la investigación de la Fiscalía sobre Venezuela, revertirla o modificarla o enviarla a la Sala de Cuestiones preliminares para una nueva determinación», detalló González Centeno.
El artículo 18 del Estatuto de Roma que requiere que un Estado demuestre que está llevando a cabo un proceso avanzado de investigaciones y procesamientos nacionales que reflejen suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía de la Corte Penal. Ya en junio pasado la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI determinó que si bien el régimen venezolano está realizando algunas diligencias de investigación, sus procesos penales nacionales no reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía de la CPI, por lo cual autorízó al fiscal Karim Khan a continuar con su investigación.
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